Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento

Una de las Comisiones Mixtas que por Ley, debe acatarse en las empresas, es la referente a “Capacitación y Adiestramiento” que busca entre otros conceptos, la de mejorar las aptitudes del trabajador, aumentar la productividad, prevenir riesgos de trabajo etc. etc. Esta Capacitación queda a cargo del patrón con todo y lo que esta obligación conlleva.
El 18 de abril de 1997.se publicó por la S.T.P.S. el Acuerdo por el que se fijan criterios generales y se establecen formatos para la realización de trámites administrativos en materia de capacitación y adiestramiento de los trabajadores.

Estos formatos son :
DC-1 Informe sobre la constitución de la Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento.
DC-2 Presentación del Plan y Programas de Capacitación y Adiestramiento
DC-3 Constancia de habilidades laborales
DC-4 Lista de constancias de habilidades laborales
DC-5 Solicitud de registro de agente capacitador externo.

Por lo tanto, deberán elaborarse los Planes y programas de capacitación y adiestramiento ( previo acuerdo con trabajadores) los cuales deben ser sometidos a aprobación por parte de la S.T.P.S. a través del formato DC-2 durante los primeros 60 días de los años impares.

En el supuesto de tenerse un contrato colectivo de trabajo, éstos deberán contener las cláusulas inherentes a esta capacitación y adiestramiento, estableciéndose los procedimientos a seguir. Durante los 15 días siguientes a la celebración o bien a la revisión del contrato colectivo, el patrón presentará ante la S.T.P.S. los Planes para su aprobación mediante el formato DC-2

Cabe mencionar que estos trámites, pueden realizarse por Internet a través de la página www.tramitanet.gob.mx para lo cual habrá de obtener la certificación de su medio de identificación electrónica, que le permitirá contar con el certificado digital para firmar electrónicamente su trámite.

De no cumplirse con esta obligación, se estará expuesto a ser sancionado con una multa que va de los 15 a 315 veces el salario mínimo general vigente de la zona correspondiente.
Fundamento Legal: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos apartado “A” fracción XIII, Ley Federal del Trabajo: Artículo 132 fracción XV, Artículo 153 de la letra A a la X , Artículo 994 fracción IV , "Acuerdo por el que se actualizan los criterios generales y los formatos correspondientes para la realización de trámites administrativos en materia de capacitación y adiestramiento de los trabajadores", publicado en el Diario Oficial de la Federación del 30 de diciembre de 2004, mismo que entró en vigor el 30 de marzo de 2005; así como el “Acuerdo que modifica el diverso por el que se actualizan los criterios generales y los formatos correspondientes para la realización de trámites administrativos en materia de capacitación y adiestramiento de los trabajadores", publicado en el Diario Oficial de la Federación del 9 de marzo de 2006, dejando sin efecto los publicados en el Diario Oficial de la Federación el 18 de abril de 1997.