MEDIDAS PREVENTIVAS CONTRA INCENDIO.
1. Ser socio afiliado de la Cámara de Comercio, por el año 2010.
2. Solicitud de inspección para medidas preventivas contra incendio, llena a máquina y firmada por el propietario ó representante legal.
3. 1 fotocopia de la licencia de funcionamiento municipal vigente ó del alta ante Hacienda.
4. Pagar derechos según el giro:
a. Bajo riesgo $310.00 (Oficinas, recauderías, cocinas económicas, tendajones, taquerías, boneterías, carnicerías y todos aquellos giros similares).
b. Mediano riesgo $480.00 (Talleres, tiendas de abarrotes, baños públicos, papelerías, restaurantes, ferreterías, tlapalerías, tintorerías, panificadoras, tortillerías y todos aquellos giros similares).
c. Alto riesgo $560.00 (Hoteles, centros comerciales, bodegas, almacenes, salas de espectáculos, centros recreativos, hospitales, estaciones de servicio de gasolina, diesel gas L.P., para carburación y todos aquellos giros similares).
5. Tener un extintor de 6 kilos lleno de fábrica, o recarga actualizada comprobada con factura.
6. Constancia de capacitación para el propietario, sobre el manejo de extintores.
7. Tener en el establecimiento la instalación eléctrica oculta, y si el cableado esta en el exterior, deberá entubarla con canaleta o políducto.
8. Fecha de vencimiento: Al año calendario del último trámite realizado; si el negocio es nuevo, se deberá tramitar conjuntamente con la apertura de la licencia de funcionamiento municipal o haberse dado de alta ante Hacienda.
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